IRPF en facturas: retenciones para autónomos 2026

La retención de IRPF en facturas es uno de los aspectos que más dudas genera entre los autónomos. Esta guía te explica cuándo debes incluirla, qué porcentaje aplicar y cómo declararla trimestralmente ante Hacienda.

¿Qué es la retención de IRPF?

El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es el impuesto que grava los ingresos de las personas físicas. Cuando un autónomo factura a determinados clientes, estos retienen un porcentaje del importe y lo ingresan directamente a Hacienda en nombre del autónomo. Es decir, el cliente actúa como agente pagador del impuesto.

Esto significa que el autónomo cobra menos de lo facturado, pero ese importe retenido ya cuenta como impuesto pagado a cuenta cuando liquides tu declaración de la renta anual.

¿Cuándo debes incluir retención en tu factura?

Como autónomo, debes incluir retención de IRPF cuando factures por actividades profesionales (epígrafes IAE de actividades profesionales, artísticas, deportivas, etc.) y tu cliente sea:

  • Una empresa (sociedad limitada, anónima u otra persona jurídica)
  • Otro autónomo que esté en actividad económica

No debes incluir retención cuando tu cliente es un particular (consumidor final sin actividad económica).

Tabla resumen: ¿cuándo retener?

Tipo de emisorTipo de cliente¿Retención?
AutónomoEmpresa / AutónomoSí ✓
AutónomoParticularNo
Sociedad (S.L., S.A.)CualquieraNo (tributa por IS)

¿Cuándo debes retener a tus proveedores?

Si eres autónomo o empresa y pagas a un proveedor autónomo por actividades profesionales, eres tú quien debe retener el IRPF en el pago. El proveedor incluirá la retención en su factura (reduciendo el importe a cobrar) y tú la ingresarás en Hacienda trimestralmente mediante el Modelo 111.

¿7% o 15%? El porcentaje de retención

El porcentaje general de retención es el 15%. Sin embargo:

  • 7% — Para nuevos autónomos que se den de alta en el censo de empresarios por primera vez, o no hubieran estado dados de alta en los dos ejercicios anteriores. Se aplica durante el año de alta y los dos siguientes (máximo 3 años).
  • 15% — Tipo general para el resto de autónomos profesionales.
  • 19% — Para rendimientos de capital mobiliario (dividendos, intereses). No aplica a facturas de servicios.

¿Eres nuevo autónomo? Si te diste de alta por primera vez o llevas menos de 3 años como autónomo profesional, puedes aplicar el 7% de retención. Márcalo en tu configuración de Facturality y se aplicará automáticamente.

Cómo se calcula la retención en la factura

La retención se aplica sobre la base imponible (antes de IVA):

Base imponible: 1.000,00 €

IVA 21%: +210,00 €

IRPF 15%: -150,00 €

Total a percibir: 1.060,00 €

El cliente paga 1.060 €, pero retiene 150 € que ingresará directamente a Hacienda. Al hacer tu declaración anual, esos 150 € ya cuentan como impuesto pagado.

Modelo 111: declaración trimestral de retenciones

Si eres empresa o autónomo que ha retenido IRPF a otros, debes presentar el Modelo 111 trimestralmente. Los plazos son:

  • 1.er trimestre (enero–marzo): hasta el 20 de abril
  • 2.º trimestre (abril–junio): hasta el 20 de julio
  • 3.er trimestre (julio–septiembre): hasta el 20 de octubre
  • 4.º trimestre (octubre–diciembre): hasta el 20 de enero del año siguiente

Modelo 190: resumen anual

Al final del año (en enero), debes presentar el Modelo 190, que es el resumen anual de todas las retenciones practicadas durante el ejercicio. Se presenta del 1 al 31 de enero del año siguiente.

IRPF retenido a ti vs. IRPF que tú retienes

Es importante distinguir dos flujos:

IRPF retenido a ti (facturas emitidas)

Cuando tú, como autónomo, facturas a empresas o a otros autónomos, ellos retienen y te pagan menos. Estos importes son un crédito fiscal que reduces en tu declaración de renta (IRPF anual).

IRPF que tú retienes (facturas recibidas)

Cuando pagas a autónomos por servicios profesionales, tú debes retener ese IRPF e ingresarlo a Hacienda mediante el Modelo 111 trimestral.

IRPF en Facturality

Facturality automatiza el cálculo de IRPF en tus facturas:

  • Configura tu tipo de entidad (Autónomo / Sociedad) y si eres nuevo autónomo en Configuración de entidades.
  • Indica el tipo de cada cliente (Particular / Autónomo / Empresa) para que Facturality sepa cuándo aplicar retención automáticamente.
  • Al crear una factura, el sistema detectará si corresponde aplicar IRPF y calculará el importe retenido.
  • Consulta el informe trimestral de IRPF en Informes → IRPF para tener lista la información para el Modelo 111.

Esta guía tiene carácter informativo. Consulta con un asesor fiscal o gestor para tu caso particular. Normativa de referencia: Ley 35/2006 del IRPF y Real Decreto 439/2007 (Reglamento IRPF).